El
1° de mayo es una fecha que es celebrada en todos los países del mundo, como
Día Internacional del Trabajador, para conmemorar un evento que significa el
gran homenaje a los trabajadores quienes son los que producen la riqueza de los
empresarios, empresas y naciones.
A
pesar de las dificultades que enfrentó el movimiento sindicalista en los
últimos años del siglo XIX y primeros del siglo XX, la batalla por los derechos
de los trabajadores es un logro irremplazable que se recuerda cada año en todo
el mundo como homenaje a sus precursores.
En
la actualidad, los trabajadores están conscientes de sus derechos y
obligaciones, gozan de beneficios y prestaciones, al tiempo que ofrecen
resultados de sus gestiones, sea cuales sean.
La
celebración del Día del Trabajador en Venezuela comenzó en Maracaibo, cuando se
instituye en 1936, después de la muerte de Juan Vicente Gómez y con el gobierno
de Eleazar López Contreras. Se puede hablar del sindicalismo y del nacimiento
del movimiento obrero en nuestro país en 1936, cuando se inició una campaña de
las organizaciones políticas y del propio Presidente de la República, guiadas a
lograr la sindicalización masiva de los trabajadores, luego de que éste,
enfrentará en el inicio de su mandato, dos huelgas obreras y una estudiantil
que sacudieron al país entre 1936 y , sin mbargo no fue sino hasta 1945, cuando
el General Isaías Medina Angarita, presidente de Venezuela, establece por
decreto tal fecha como el Día del Trabajador, trasladando su celebración del 24
de Julio fijado por el general Eleazar López Contreras, presidente de
Venezuela, según decreto del 18 de abril de 1938.
A
la Federación Obrera, se unió en 1941, la Unión Petrolera y luego del
derrocamiento del general Isaías Medina Angarita, Acción Democrática, creó la
Confederación Venezolana de Trabajadores (CTV).
Al
asumir la presidencia Rómulo Betancourt en Octubre de 1945, dicta un decreto el
24 de Abril de 1946, donde establece el 1º de Mayo como Día del Trabajador y se
declara día feriado y de remuneración obligatoria para los trabajadores en
general, incluyendo los que realizan sus labores en la agricultura y cría.
Durante esta fecha no podrán efectuarse trabajos en las empresas o
establecimientos sometidos a la Ley del Trabajo y al Reglamento del Trabajo en
la agricultura y cría.